El Consejo de Ministros aprobó este martes una modificación en los requisitos para tener acceso al ingreso mínimo vital (IMV) para que temporeros, personas sin hogar o que residan en centros de acogida puedan acceder a esta prestación. El objetivo de esta reforma es reducir el número de peticiones del IMV denegadas, unas 60.000 hasta el momento.
La nueva norma suprime el límite de titulares por vivienda que pueden recibir el IMV, permitiendo que las personas sin hogar que duermen en centros temporales puedan percibir la ayuda, así como quienes se encuentran en situación vulnerable y comparten vivienda con otras personas en situación similar.
La Seguridad Social también facilitará el acceso al IMV a las llamadas unidades familiares transitorias. Esto es, aquellos beneficiarios del ingreso que tienen que mudarse junto a otros inquilinos por casos de violencia de género, divorcio o desahucio. La Administración no penalizará (durante un máximo de tres años en el caso de desahucio) que el beneficiario conviva con otras personas.
Para que los nuevos beneficiarios puedan demostrar todo esto y tengan acceso a la prestación, el Estado permitirá que los servicios sociales y entidades colaboradoras realicen el seguimiento de estas familias. Deberá demostrarse la ausencia de vínculos entre personas del mismo domicilio que demanden la ayuda “en el momento de solicitar la prestación”.
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