EXTRANJERÍA. El Gobierno español otorgará permiso de residencia temporal a inmigrantes sin papeles que estudien FP

EXTRANJERÍA. El Gobierno español otorgará permiso de residencia temporal a inmigrantes sin papeles que estudien FP

El objetivo es abrir la formación a más personas y mejorar la empleabilidad en trabajos que actualmente no tienen suficientes candidatos. Para obtener este permiso, los inmigrantes deben haber vivido en España de forma continuada durante al menos dos años.

El Gobierno permitirá a los extranjeros que viven en España sin papeles obtener un permiso de residencia temporal si se matriculan en cursos de Formación Profesional (FP). El objetivo es abrir la formación a más personas y mejorar la empleabilidad en trabajos que actualmente no tienen suficientes candidatos.

Esta es una de las novedades del borrador del real decreto de la Ordenación de FP, que también permite acreditar competencias previas para facilitar el acceso al mercado laboral y se enfoca en la formación de grupos con dificultades de inserción profesional.

Para las personas migrantes, el artículo 39 contempla la opción de obtener una autorización de residencia temporal por circunstancias excepcionales. Esta normativa autoriza a vivir en España durante un año y habilita a trabajar a las personas que colaboren con las autoridades o «cuando concurran razones de interés público».

Los inmigrantes también deben cumplir ciertos requisitos, como acreditar «mediante cualquier medio de prueba» que han estado trabajando en situación irregular durante un mínimo de seis meses en el último año, carecer de antecedentes penales o no figurar como rechazables en el país de origen.

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Además de ello, «los ciudadanos de países no pertenecientes a la UE que, hallándose en España, hayan permanecido de forma continuada durante dos años, obtendrán autorización para la matriculación y realización de una formación de los grados del sistema de FP. La autorización de residencia quedará supeditada, en todo caso, a la superación de la formación correspondiente y la presentación de un contrato de trabajo».

En otras palabras, los ciudadanos de países no pertenecientes a la UE que hayan permanecido de forma continuada en España durante dos años podrán obtener autorización para la matriculación y realización de una formación de los grados del sistema de FP. La autorización de residencia estará supeditada a la superación de la formación correspondiente y la presentación de un contrato de trabajo.

Fuentes del Ministerio de Educación explican que medida está pensada para formaciones específicas que les abran las puertas de la empleabilidad, como cursos cortos de entre 600 y 800 horas, que dan lugar a un certificado de profesionalidad. Las mismas fuentes advierten que el texto aún debe someterse a la consulta de la comunidad educativa y puede ser modificado.

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Sobre si existe límite de edad para acceder a este permiso de residencia temporal para extranjeros que se matriculen en FP, las fuentes del Ministerio han aclarado que el sistema de formación profesional se dirige “a toda la población”, no solo a jóvenes, sino también a trabajadores ocupados y desempleados.

“El abanico de formaciones va a ser tan amplio que va dirigido a toda la población en función de sus necesidades formativas y de empleabilidad. No establecemos un límite de edad”, han subrayado

FUENTES:

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