Conversamos en Directo con la abogada especialista en Extranjería, Alba Núñez, que nos explicó las principales novedades para este 2022 sobre el ARRAIGO LABORAL.
Algunas cuestiones que tocamos en este Directo son:
- ¿En qué consiste la vía del arraigo laboral para regularizar los papeles en España?
- ¿Cuáles son los requisitos básicos y diferencias con otras modalidades de arraigo?
- ¿Qué errores debemos evitar si queremos tramitar el arraigo laboral?
- ¿Cómo afecta la reforma laboral al procedimiento del arraigo laboral?
También ha respondido preguntas y dudas de nuestros espectadores.
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PREGUNTAS FRECUENTES SOBRE ARRAIGO LABORAL Y/O EXTRANJERÍA RESPONDIDAS EN ESTE DIRECTO
¿Puedo acceder al arraigo laboral siendo autónomo?
El autónomo es una relación mercantil no laboral. Es verdad que existe esa relación porque al final es un autónomo pero es mercantil porque tú lo que firma es un contrato de colaboración entre partes y no un contrato que se publica para poder hacer seguridad social y darte de alta en seguridad social. Es un contrato entre partes. Tú puedes pelearlo en vía judicial o reclamar pero a día de hoy no te permite hacer el arraigo. Es verdad que como autónomo se cotiza a la Seguridad Social porque te aparece tu vida autónoma pero de momento no.
Es verdad que con el tiempo se podría pelear pero a día de hoy no. Habría que esperar un poco que está las sentencias del Tribunal Supremo se empiezan a asentar aún más y que las oficinas vayan teniendo conocimiento y lo que está pasando es un poco complicado.
¿Por qué los arraigos laborales se están demorando?
El tiempo de espera depende de la oficina de extranjería que nos toque. Por desgracia las oficinas de extranjería con más retraso en temas de arraigos laborales o autorizaciones por circunstancias excepcionales, o sea arraigo laboral, social, familiar están tardando en Madrid y Barcelona- una media de casi ocho meses. Las razones pueden ser: 1) vacaciones de verano 2) la pandemia 3) muchos expedientes se pierden aunque se registre electrónicamente 4) y el volumen extranjeros no es igual en una ciudad pequeña como por ejemplo pueden ser un Cádiz que Madrid o Barcelona.
También porque cada vez este tipo de autorizaciones son las que más se van solicitando mucho más que por ejemplo una tarjeta familiar de comunitario o un cuenta ajena (que también lleva retraso) o en cuenta propia o una solicitud de asilo, entonces al final todo el mundo decide irse al arraigo al arraigo social porque no quiere esperar un arraigo laboral porque no quiere esperar tanto tiempo.
¿Cuánto se tarda un contencioso-administrativo en Tarragona?
Esto depende un poco de cada situación. Pueden tardar desde un año hasta un año y medio dos.
¿Cuánto tiempo están demorando las vías de recursos en Sabadell?
Va a depender un poco del volumen de trabajo que tenga la oficina porque porque se supone que tienen que resolver en el plazo de un mes pero eso no es así. No se puede decir el plazo exacto porque depende el volumen de trabajo y cómo van por mes. No es que yo presenté mi autorización y automáticamente me la conceden.
¿Se recomienda buscar trabajo desde el país de origen antes de ir a España?
Sí, siempre.
A las personas que le han denegado la protección internacional ¿pueden solicitar el arraigo laboral?
Sí, siempre y cuando puedas acreditar esa relación laboral en estos dos últimos años de seis meses sin problemas.
Si me animo a adelantar trámites en mi país como el NIE o el certificado digital ¿las autoridades me pueden poner problemas al ingresar por inmigración a España si llego como turista?
El número de NIE es un Número de Identificación de Extranjeros que no tiene efectos administrativos para entrar a España. Los requisitos de entrada incluyen la cantidad dinero que tienes que traer para estar en España, que son cien euros al día, una reserva de hotel o lo que tú lo que tú necesites para entrar en este caso cómo vayas a entrar en principio no tienen por qué ponerte inconvenientes porque tengas un número de NIE y un certificado digital, eso no tiene nada que ver siempre que tú cumplas requisitos y que no te hayan prohibido entrar en algún país de la UE.
¿Qué pasaría si me llevan con un contrato de trabajo de mi país de residencia España y cuando llegue el empleador ya no me quiere como empleado?
Lo primero, para que puedas venir con un contrato de trabajo a España si es por cuenta ajena se tiene que presentar la solicitud de extranjería y tendrás que pedir un visado con esa resolución positiva para entrar con un visado de trabajo concedido. Una vez que llegas aquí si no se te da de alta hay un problema porque esa autorización está vinculada a esa empresa y no vas a poder hacer nada. Esa autorización está vinculada a una empresa inicial. Sí que es verdad que entrar a España como turista y se acredita que la contratación no se pudo dar, siempre que esté dentro de ese período legal de 90 días, se puede pedir una nueva con otra empresa siempre con los mismos requisitos pero cuenta ajena normal.
¿Debería tomar acciones legales en contra del empleador por no contratarme un empleador?
Lo que sucede es que al final piensa que lo que te hacen en extranjería es un precontrato. Una “promesa” de contrato no es vinculante. Es verdad que si te sale favorable deberían darte de alta cuando llegas a España para poder hacer el trámite de huellas pero si por circunstancias de la vida la empresa se va quiebra y que al final la empresa no está interesada a ti porque lo que sea, medidas legales no se pueden tomar porque es que es un pre-contrato, es decir, no oficial hasta que no te den de alta.
De hecho hay una cláusula que se pone al final del contrato que indica que ese contrato entrará en vigor una vez es tenga la resolución favorable pero luego el empleador tiene que dar de alta en seguridad social y además hay que hacer un trámite previo que es un número de afiliación a la seguridad social. Si ya no quiere darte de alta emprender medidas legales no aplicaría porque es una promesa, no es nada que te pueda vincular.
Es verdad que durante la época de COVID muchos riesgos se presentaron. Muchos se quedaron sin trabajo y sí que hubo una instrucción se ve es una instrucción en la cual permitía bien aportar medios económicos o indicar el motivo de por qué no iba a contratar y aportar un nuevo contrato de trabajo de otro empleador y se han concedido. Con el arraigo social a día de hoy estas cosas son un poco impensables, se puede intentar pero tienes que justificarlo y el tema del empleador habría que justificarlo también pero desde España es bastante complicado que puedas cambiar la situación la vida aquí .
¿Cómo puedo demostrar que he estado laborando por seis meses?
Habría que ver de qué ha estado trabajando, si recibía nóminas, le daba un pagaré o un cheque. Todo esto es una forma de acreditar la relación con la empresa y lo puedas demostrar. No valen declaraciones juradas ni un documento firmado por el empleador.
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